PREGUNTAS FRECUENTES
PREVIO A UN REMATE JUDICIAL
EJEMPLO TOMANDO LA FECHA DEL PRÓXIMO REMATE JUDICIAL
1) ¿CUÁL ES LA HORA EL DIA Y EL LUGAR DEL REMATE ?
Respuesta 1) El próximo 26 de marzo 2020 a las 14:00 hs en Avda Giannattasio, Km 23 C. de la Costa en la puerta del Juzgado,
( Habrá una bandera de REMATE marcando el lugar. )
​2) ¿EN QUÉ MONEDA SE REMATA Y QUE BASE TIENE ?
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Respuesta 2) La subasta será en Dólares Americanos, sin base.
3) ¿CONDICIONES DE UN REMATE JUDICIAL SOBRE UN INMUEBLE A SUBASTAR ?
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Respuesta 3) En la publicación del edicto se hacer saber todas las condiciones de la subasta, es la única información válida.
Por más información: Ver expediente :Juzgado Ciudad de la Costa de 5 ° Turno, IUE 467-203/2015 Avda. Giannattasio Km. 23,
casi Avenida Uruguay, Ciudad de la Costa, se recomienda ir asistido por con su letrado de confianza a efectos de evacuar dudas jurídicas.
4) ¿QUÉ DEUDAS SE DESCUENTAN DEL PRECIO ?
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4) Respuesta: Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria, se descontarán del precio, si existiera deudas siempre que se estipule
en los edictos, salvo que el valor de la subasta sea menor a la suma de ambas, si así fuese el mejor oferente deberá asumir la diferencia.
Complementamos la respuesta citando: CGP. ( Código General del Proceso ) Artículo 387.2 literal h, establece: "se entenderá como rubros
a imputar como parte del precio, los tributos adeudados por el ejecutado, que sean necesarios para la escrituración, y todo otro gasto
que autorice el tribunal". Los impuestos necesarios para la escrituración (según la normativa vigente) son la Contribución Inmobiliaria
y el Impuesto de Primaria, por lo que la deuda que un inmueble tenga por estos dos rubros se descuentan del precio, siempre que así
esté prevenido en los edictos. Salvo que el valor de remate sea menor a la suma de las dos deudas en cuyo caso el mejor postor deberá
hacerse cargo de la diferencia.
5) ¿DE CUÁNTO DEBE SER LA LETRA SI NO SE EL PRECIO FINAL ?
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Respuesta 5) Recomendamos lleve una letra por lo menos del 30% del precio que tenga idea ofertar.
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6) ¿QUÉ SUCEDE SI MI LETRA ES MAYOR A LA SEÑA QUE DEBO ENTREGAR ?
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Respuesta 6) El sobrante de la letra quedará a favor del precio, el cual quedará registrado en el acta de remate.
7) ¿QUÉ PASA SI SE VENDE EN MÁS, Y LA LETRA QUE TRAJE NO ME CUBRE ?
Respuesta 7) En este caso, deja la seña y será acompañado por el rematador a su institución bancaria a efectos de completar el precio.
8) ¿QUÉ TIEMPO TENGO PARA PAGAR EL SALDO DE PRECIO DEL REMATE ?
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Respuesta 8) Dispone de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate,
que no se interrumpirá por ferias judiciales ni por la semana de turismo (Art 387).2 literal f del Código General del Proceso.
9) ¿COMO HAGO PARA HACERME DE LA FINCA LUEGO DE LA SUBASTA?
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Respuesta 9) Una vez completado el precio, el escribano designado por el comprador solicitará a la sede la escrituración judicial.
Cumplida esta instancia se podrá reclamar la entrega de la cosa. ( Entrega del Bien ). ( Art. 396 del Código General del Proceso.)
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10 ) ¿ MÉTODOS DE PAGO AUTORIZADOS ?
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Respuesta 10) Los medios de pago son: letra de cambio, Cheque Certificado no a la orden del mismo dia o transferencia electrónica
tal como surge en el artículo 40 de la ley 19.210 y leyes modificativas y concordantes 19.475 y 19.478.
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Fecha |
13/Mar/2013 |
Etiquetas |
Empresarios la actividad económica mantendrá igual dinamismo en 2013
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